Órdenes de protección en Carolina del Norte: tipos y procedimientos legales

Carolina del Norte tiene establecido que la violencia doméstica se presenta cuando las personas que viven en relación sufren de abusos constantes, acoso, agresiones sexuales, violencia de pareja, e incluso pueden involucrar lesiones corporales.

¿Qué tipos de órdenes de protección existen?

En el Estado de Carolina del Norte, existen dos tipos de órdenes de protección , como es el caso de las temporales de protección y las finales de protección de las violencias domésticas. Las de protección temporal ex parte, se caracteriza por ser un dictamen de la corte que está diseñada para las personas, así como para los miembros de familias inmediatas de protección en contra de los agresores.

Los jueces podrán expandir unas órdenes ex parte, sin que los agresores se presenten el mismo día que las personas que presentan las peticiones para una orden de protección. Todas las audiencias que se realizan para obtener mandatos de protección temporal ex parte, tienen la opción de realizarse por medio de una videoconferencia. Estos tipos de restricciones, protegerán hasta el momento en que se realice la audiencia completa, que por lo general es efectuada dentro de diez días, desde el primer momento en que el dictamen es concedido o también, dentro de los siete días, a partir de la fecha en que se sirven los demandados.

Las órdenes ex parte no podrán ser ejecutadas, hasta que se sirven los demandados con una copia de las obligaciones. Según las leyes de Carolina del Norte, los dictámenes finales de protección de violencia doméstica duran hasta un año, pero las personas podrán solicitar a la corte la extensión por uno o dos años más.

¿Cuáles son las protecciones que se pueden conseguir?

Según lo establecido por las leyes de Carolina del Norte, las protecciones que se pueden lograr por violencia doméstica son:

  • Permitir que las víctimas que sufren de violencia doméstica vivan en sus casas, y exigir a los agresores mudarse para otro lugar. Incluso, sin importar quienes son los dueños de la propiedad.
  • Ordenar a los protectores que les provea un lugar alternativo para las víctimas, además, hacer los procesos necesarios para que los funcionarios policiales saquen a los agresores de las propiedades.
  • Prohibir a los agresores asaltar, abusar, perseguir, acosar, interferir con las víctimas o con los hijos de ninguna manera, ya sea en las áreas de trabajo, mediante teléfonos o por otros medios.
  • Otorgar posesión de las propiedades, incluyendo los carros y las cosas que están dentro de las casas, exceptuando las cosas personales de los agresores.
  • Establecer órdenes contra los agresores de violencia doméstica, para que se mantengan alejados de los lugares donde se encuentren las víctimas. Incluyendo, las escuelas de los hijos, sitios de trabajo, casas de amigos, o cualquier otro lugar que las víctimas estén usando como refugio.

¿Dónde se puede solicitar la orden de protección?

Las personas que sufren de violencia doméstica en Carolina del Norte, podrán solicitar las peticiones en los condados donde residan permanentemente o temporario. También en los condados donde residen los agresores.

Todas las personas que son víctimas de violencia doméstica en Carolina del Norte, pueden solicitar ante las autoridades competentes cualquiera de los dos tipos de órdenes de protección para salvaguardarse de su agresor.

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